Datos de vivienda en Canarias:
Comunidad Autónoma con mayor número de inquilinos: un 37% de la población vive en régimen de alquiler.
Subida del alquiler del 24,9% en 2018 con respecto a 2017. Media en Las Palmas de 997 euros.
Los alquileres han subido un 20% más que los salarios (sólo un 4%)
Casas vacías: 138.262 (muchas de ellas en manos de grandes tenedores de viviendas, entidades financieras, la SAREB e incluso algunas en manos de VISOCAN).
3.808 desahucios en Canarias en 2018. 284 más que en 217. El 65% por impago de alquiler.
40,2% de población canaria en riesgo de pobreza o exclusión social.
El SIGC ha paralizado o gestionado desde diciembre 393 casos de desahucio.
Ante esta cruda realidad el SIGC lanza su
Programa de Vivienda:
Para que la vivienda deje de considerarse una mercancía con la que especular y pueda ser un bien destinado prioritariamente a cubrir una necesidad humana fundamental, proponemos:
1. Declarar oficialmente la “emergencia habitacional” en Canarias. Exigir a las distintas administraciones públicas que se coordinen y elaboren un estadillo de vivienda, exhaustivo y pormenorizado, en el que queden registrados todos los inmuebles a medio construir y todas las viviendas abandonadas en manos de fondos de inversión internacionales, entidades bancarias y la propia administración pública.
2. Iniciar un programa de expropiación y rehabilitación de inmuebles semiconstruidos y abandonados, en vez de potenciar el irresponsable “modelo del hormigón”, dadas las características geográficas y demográficas del archipiélago canario.
3. Que todas las nuevas promociones de vivienda deban destinar el 40% de lo construido a vivienda social.
4. Limitar el precio del alquiler, con especial sensibilidad en los barrios en los que se han iniciado procesos gentrificadores. Que el alquiler guarde relación con los ingresos del inquilino.
5. Expropiar las viviendas abandonadas (deshabitadas por un período superior a 2 años) que estén en manos de los grandes tenedores de viviendas, para destinarlas a vivienda social. La indemnización no podrá superar nunca el precio al que fueron adquiridas, siempre y cuando el precio de mercado no sea inferior.
6. Imposibilidad de desahuciar de la primera y única vivienda sin una alternativa habitacional digna. Esta alternativa habitacional debe ser garantizada por las instituciones públicas y por las entidades financieras, especialmente por las que tengan cualquier porcentaje de capital público.
7. Habilitación inmediata de viviendas públicas de emergencia que sirvan como plan de choque para paliar la situación de las personas que ya han sido desahuciadas y carecen de techo.
8. Promover el alquiler vitalicio, sobre todo en viviendas sociales.
9. Restringir el alquiler vacacional prioritariamente en suelo residencial.
10. Disolver la Sociedad Anónima Unipersonal VISOCAN, que gestiona el parque público de vivienda como si se tratara de una entidad privada, y crear otro modelo de gestión exclusivamente social con participación de los vecinos y colectivos sociales.